Creado en colaboración con el Helpdesk sobre Empresas y Derechos Humanos

Definición e instrumentos jurídicos

Definición

Con arreglo a la OIT, la seguridad y la salud en el lugar de trabajo se define como «la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo, y de la protección y la promoción de la salud de los/as trabajadores/as», donde la salud «comprende el bienestar social, mental y físico de los/as trabajadores/as».

La OMS ha resumido las distintas definiciones de seguridad y salud en el trabajo y caracteriza las prácticas de SST como actividades que:

  • Protegen y promueven la salud de los/as trabajadores/as mediante la prevención y el control de enfermedades y accidentes, y la eliminación de factores y condiciones laborales peligrosos para la seguridad y la salud en el trabajo;
  • Desarrollan y promueven trabajos, entornos de trabajo y organizaciones de trabajo saludables y seguros;
  • Mejoran el bienestar físico, mental y social de los/as trabajadores/as y apoyan el mantenimiento y el desarrollo de la capacidad de trabajo, así como el desarrollo profesional y social en el trabajo;
  • Permiten a los/as trabajadores/as llevar una vida social y económicamente productiva, contribuyendo al mismo tiempo de manera positiva al desarrollo sostenible.

La SST constituye una parte integral del «trabajo decente», que la OIT define como el derecho a «conseguir un trabajo productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana». La OIT señala que el trabajo «solo puede ser decente si se realiza en condiciones seguras y saludables». En consecuencia, los programas de SST deben ofrecer condiciones de trabajo saludables y seguras a todo el personal, lo que incluye la adopción de medidas o disposiciones especiales para los/as empleados/as con necesidades adicionales debidas a una discapacidad u otra circunstancia personal, como un embarazo o una enfermedad mental. No obstante, no existe un entorno de trabajo con riesgo cero. Por este motivo, la SST debe cubrir también la protección, en forma de compensación y acceso a la asistencia médica, de que disponen los/as trabajadores/as o sus familias en caso de accidente laboral o enfermedad.

Fuentes de lesiones profesionales

  • Accidentes: los accidentes pueden variar según el lugar de trabajo y la naturaleza del incidente. No obstante, los accidentes habituales en el lugar de trabajo pueden incluir resbalones, tropezones y caídas, cortes y laceraciones, accidentes y colisiones de vehículos, y quemaduras.
  • Exposición a peligros y sustancias peligrosas: la exposición a peligros puede causar un incidente aislado (por ejemplo, una caída de altura) o problemas a más largo plazo, como enfermedades respiratorias por inhalación de sustancias químicas peligrosas durante un periodo de tiempo. Algunos de los peligros más comunes incluyen la exposición a sustancias químicas, elementos metálicos, polvo, sílice, ruidos fuertes, luz brillante y gases. Las sustancias peligrosas suelen estar definidas en la legislación del país donde se realizan las operaciones empresariales, pero también existen directrices internacionales sobre el reconocimiento de enfermedades profesionales debido a la exposición a sustancias peligrosas, que facilita la OIT.
  • Trastornos musculoesqueléticos y lesiones por esfuerzo repetitivo: estas lesiones se producen por la manipulación manual de objetos en el trabajo. Esto puede variar desde levantar cargas pesadas hasta sentarse ante un ordenador durante períodos prolongados. Los movimientos repetitivos también pueden causar lesiones a largo plazo, como daños en nervios, articulaciones y músculos, si no se realizan correctamente.
  • Enfermedades transmisibles: los/as trabajadores/as corren el riesgo de contraer enfermedades transmisibles debido a las condiciones de trabajo, como el trabajo al aire libre o los traslados por trabajo. Algunas de las enfermedades transmisibles más comunes y onerosas incluyen la malaria, la tuberculosis, el VIH/SIDA y, desde 2019, la COVID-19. Puede haber otras incidencias de enfermedades transmisibles localizadas, como virus estomacales o gripe, debidas a que los/as trabajadores/as están próximos entre sí o comparten equipos y espacios.
  • Enfermedades mentales: los trastornos mentales pueden tener numerosas causas, pero hay varios factores en el lugar de trabajo que pueden contribuir o desencadenar estos trastornos. El estrés y la ansiedad pueden derivarse de situaciones en el lugar de trabajo como horarios de trabajo excesivos, condiciones inseguras o acoso en el lugar de trabajo.

Instrumentos jurídicos

Convenios de la OIT

La OIT ha adoptado más de 40 normas que tratan específicamente de la seguridad y la salud en el trabajo, así como más de 40 repertorios de recomendaciones prácticas que abordan la SST en diversos sectores. Los instrumentos esenciales en materia de seguridad y salud en el trabajo son los siguientes:

Las empresas pueden consultar los convenios pertinentes para su sector a fin de saber qué deben aplicar los países que los han ratificado y qué se espera de las empresas. Estas también pueden consultar los repertorios de recomendaciones prácticas de la OIT específicos de diferentes sectores, por ejemplo:

Otros convenios pertinentes de la OIT en materia de seguridad y salud

Los convenios de la OIT en materia de seguridad y salud en determinadas ramas de la actividad económica son los siguientes:

También existen normas y convenios que abordan situaciones de trabajo concretas, como el modo de tratar productos químicos nocivos o accidentes. Los más importantes son los siguientes:

Como complemento de estos convenios, la OIT ha adoptado también instrumentos específicos sobre la protección de los/as trabajadores/as frente a los daños relacionados con el trabajo:

Otros instrumentos jurídicos

Los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos (PRNU) representan la norma mundial en relación con la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos en sus operaciones y en todas sus cadenas de valor. Los Principios Rectores instan a los Estados a aplicar una combinación inteligente de medidas (nacionales e internacionales, obligatorias y voluntarias) para promover el respeto de las empresas por los derechos humanos.

Legislación nacional

Las leyes en materia de SST difieren entre unos países y otros, y cada uno de ellos aplica sus propias leyes y exige el cumplimiento de las mismas. También deben tenerse en cuenta leyes y reglamentos regionales, como las Directivas de la Unión Europea sobre seguridad y salud en el trabajo. Los requisitos en materia de SST también difieren drásticamente entre los distintos sectores y tipos de empleo, en función de los riesgos a los que se enfrentan los/as trabajadores/as y de las actividades realizadas. Las empresas deben comprobar el cumplimiento de las leyes de salud y seguridad en los países en los que operan y exigir que sus proveedores cumplan todas las leyes en esta materia en sus propios países. Si desean información detallada sobre la legislación nacional, las empresas pueden consultar las bases de datos LEGOSH y NORMLEX, de la OIT, que proporcionan información sobre las ratificaciones nacionales de los convenios de la OIT y los vínculos con la legislación nacional.

La tendencia a legislar sobre la diligencia debida en materia de derechos humanos para las empresas ha ido cobrando impulso en los últimos años. Gran parte de la legislación también incluye criterios sobre SST relativos a los/as trabajadores/as de las empresas y de sus cadenas de suministro. Como ejemplos cabe citar la Ley francesa sobre la diligencia debida en las empresas matrices y los contratistas y la Ley alemana sobre las obligaciones corporativas de diligencia debida en las cadenas de suministro. Asimismo, la Comisión Europea está trabajando en la formulación de leyes para que los derechos humanos y la debida diligencia medioambiental sean de obligado cumplimiento para las empresas. Se espera que en un futuro próximo se promulgue una legislación similar en otros países y regiones.